14GRUPO 1 · LEY 5920
RÉGIMEN DDJJ · CABA

COMPLEJIDAD DE EVACUACIÓN BAJA

¿Qué necesita un establecimiento Grupo 1?

Grupo 1 no significa “sin trámite” ni “fuera de la Ley 5920”. Significa que el establecimiento encuadra en el régimen de complejidad de evacuación baja y, cuando corresponde, cumple mediante una Declaración Jurada específica.

RESPUESTA DIRECTA

Según la Disposición 331/2025, los establecimientos comprendidos en Grupo 1 deben exhibir al público una Declaración Jurada donde consten actividad, superficie, sistema de mitigación de riesgos y usos, utilizando el formulario modelo del Anexo II.

01Estar correctamente clasificado
02Completar la DDJJ vigente
03Describir actividad y superficie
04Declarar mitigación de riesgos
05Exhibir la declaración
01

QUÉ ES GRUPO 1

Complejidad baja no significa ausencia de riesgo

La clasificación vigente divide los establecimientos en Grupo 1, 2 y 3 según su complejidad de evacuación. Grupo 1 corresponde al nivel bajo.

El encuadre depende del uso, superficie, características edilicias y afluencia, conforme al Anexo I de la Disposición 331/2025.

NO CONFUNDIR Grupo 1 ≠ exento

El establecimiento sigue dentro del régimen de la Ley 5920 y debe cumplir la modalidad que le corresponde.

02

DECLARACIÓN JURADA

Qué debe declarar el responsable

ANEXO II · DISP. 331/2025 DECLARACIÓN JURADA GRUPO 1
A

Actividad

Qué actividad se desarrolla efectivamente.

B

Superficie

Superficie cubierta correspondiente al establecimiento.

C

Mitigación

Medidas y sistemas utilizados para mitigar riesgos.

D

Usos

Cómo se utilizan los distintos sectores.

03

DOCUMENTACIÓN

Qué conviene tener antes de completar la DDJJ

01

Datos del titular

Identificación del titular, explotador o responsable.

02

Actividad habilitada

Rubro y uso real del establecimiento.

03

Superficie

Metros cuadrados cubiertos y distribución general.

04

Medios de seguridad

Información sobre los sistemas de mitigación existentes.

05

Ubicación

Verificar si existe una condición especial de emplazamiento.

06

Subsuelos

Confirmar si existen y qué actividad se desarrolla allí.

04

LÍMITES DEL RÉGIMEN

Cuándo no alcanza con decir “tengo menos de 500 m²”

<500m²

La página oficial del GCBA explica que, para determinados establecimientos con superficie cubierta menor a 500 m², puede corresponder la Declaración Jurada del Grupo 1.

Sin embargo, existen ubicaciones especiales y actividades expresamente excluidas que deben aprobar un Sistema de Autoprotección completo.

Conclusión práctica

La superficie es un dato necesario, pero nunca debería utilizarse sola para afirmar que un establecimiento es Grupo 1.

05

CASOS QUE REQUIEREN REVISIÓN ESPECIAL

Actividades que no deben tratarse como Grupo 1 por simple superficie

Cines / teatros Estadios Locales bailables Hoteles Escuelas Jardines de infantes Estaciones de servicio Depósitos Fábricas / talleres Geriátricos Clínicas / centros médicos Galerías / shopping Bancos Laboratorios Terminales de transporte

La lista oficial es más extensa. El encuadre debe compararse con el artículo 3 vigente y el Anexo I.

06

SUBSUELOS

Un detalle que puede cambiar el encuadre

PLANTA BAJA
SUBSUELO

La observación técnica del Anexo I vigente establece que la DDJJ del Anexo II puede aplicarse a determinados establecimientos de hasta 500 m² siempre que, además de otras condiciones, no desarrollen actividad librada al uso en subsuelos o sótanos.

Por eso hay que registrar qué función cumple el subsuelo: depósito, oficina, atención, cocina, elaboración, probadores, cajas u otros usos.

07

EXHIBICIÓN

La DDJJ no queda guardada en un cajón

▣

Debe exhibirse al público

El artículo 3 de la Disposición 331/2025 establece expresamente que los titulares o explotadores de establecimientos comprendidos en Grupo 1 deberán exhibir al público la Declaración Jurada.

La exhibición permite que el cumplimiento sea verificable y no meramente documental.

08

CONTROL FINAL

Checklist antes de considerar cerrado el cumplimiento

□Confirmé que el establecimiento realmente es Grupo 1.
□Verifiqué actividad, superficie y ubicación.
□Revisé si hay subsuelo y qué uso tiene.
□Usé el formulario vigente del Anexo II.
□Declaré los sistemas de mitigación de riesgos.
□Conservé respaldo de los datos declarados.
□La DDJJ está exhibida al público.
□Verifiqué que la actividad no esté dentro de los casos excluidos.
09

FAQ

Preguntas frecuentes

¿Grupo 1 significa que no necesito cumplir Ley 5920?

No. Grupo 1 es una modalidad de cumplimiento dentro del régimen.

¿Qué documento utiliza Grupo 1?

La Declaración Jurada modelo aprobada como Anexo II de la Disposición 331/2025.

¿La DDJJ debe estar visible?

Sí. La norma exige su exhibición al público.

¿Menos de 500 m² me convierte automáticamente en Grupo 1?

No. Debe verificarse actividad, ubicación, uso de subsuelos y el criterio específico del Anexo I.

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FUENTES OFICIALES

Normativa consultada

Última revisión normativa: 30 de septiembre de 2026.

REFERENCIA CENTRAL

Grupo 1 es una pieza del mapa completo de la Ley 5920.

En Ley5920SAP esta guía se vincula con clasificación, Grupo 2, Grupo 3, trámite, documentación, renovación y normativa actualizada.

Nota editorial: la DDJJ implica una declaración bajo responsabilidad. Antes de utilizar el régimen Grupo 1 debe verificarse el encuadre real del establecimiento y la versión vigente de la normativa.